Luis Pereira
Luis Pereira
 
 




Embargo de Bienes en Costa Rica Menaje Casa

*Aporte de la Licda. Betzy Zuñiga, Asistente Legal.-

El embargo es una medida cautelar típica, su naturaleza es de aseguramiento y se aplica en todos los proceso en donde se tiene que garantizar el resultado económico de la sentencia o ejecución.

El menaje de casa y los instrumentos necesarios para el trabajo, son inembargables solamente para personas físicas y no para las personas jurídicas. Todo esto para proteger como se dijo anteriormente a las personas físicas.

No  pueden ser embargados de ninguna forma ni secuestrados:

· La totalidad de los sueldos ( Solo el porcentaje que dicte el Código De Trabajo)

· Las jubilaciones pensiones y beneficios sociales del deudor y pensiones alimentarias

· El menaje de casa del deudor, artículos de uso domestico y ropa necesarios para uso personal de la persona en deuda de su cónyuge y de los hijos dependientes que vivan con el.

· Los libros, maquinas y útiles necesarios para la profesión u oficio del deudor.

El menaje de casa no puede ser embargado, por que esta bajo el supuesto “Que la función dentro del hogar es ofrecer esparcimiento a sus miembros y que son bienes indispensables para su subsistencia”. No importa que tan sofisticado sea o que tantos avances tecnológicos tenga, si solo hay un aparato del mismo tipo no puede ser embargado es decir si se tienen dos televisores uno si podrá ser embargado

Algunos ejemplos prácticos que podemos mencionar son:

Entonces un televisor, equipo de sonido, son para el esparcimiento familiar por eso constituyen menaje de casa.

Los hornos de microondas no pueden ser embargados pues constituyen menaje de casa ya que son auxiliares muy importantes para las amas de casa y han llegado en muchos casos a sustituir a la cocina tradicional.

Las computadoras de igual forma han dejado de ser una necesidad exclusiva, ahora es de importancia para quehaceres domésticos, sirve para controlar cuentas y un gran aporte para los estudios de los miembros de la familia, la realidad social lo ha convertido parte del menaje de casa.

El tema de la inembargabilidad de bienes para el deudor es asegurar que en ningún momento deje de satisfacer sus necesidades básicas, procurándose así su bienestar y el de su familia.-

Aporte de la Licda. Betzy Zuñiga,

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