Impuesto de la Renta Asalariados - nuevos tramos 2010 *
Los trabajadores que reciben un salario bruto mensual menor a los ¢619.000 no pagarán impuesto sobre la renta, de conformidad con el nuevo ajuste correspondiente al periodo fiscal 2010 y que entro a regir a partir del 1° de octubre de 2009.
Así por ejemplo, al salario bruto de un trabajador que para el periodo fiscal 2009 devengaba la suma de ¢600.000 se aplicaba un tributo del 10%. Con la actualización vigente esta exento de dicho pago, representando para el trabajador un ahorro de ¢1.400 mensual.
De acuerdo con la nueva tabla, para los salarios que se ubiquen entre el rango de ¢619.000 y hasta ¢929.000 mensuales rige un impuesto del 10%. Con ello un trabajador, que recibe actualmente un salario de ¢900.000 pagaba hasta el 30 de septiembre ¢32.450, dado que la deducción correspondía al 15%. A partir del 1 de octubre sobre dicho salario se aplica un tributo del 10%, cifra que expresa un monto de ¢28.100 mensuales. La diferencia entre ambos periodos fiscales se traduce en un ahorro de ¢1.397.
Según los nuevos cálculos sobre el exceso de ¢929.000 corresponde un impuesto de 15%. Se ilustra de este modo: Un trabajador cuyo salario bruto mensual sea de ¢1.000.000 esta sujeto a estos tramos:
● Por los primeros ¢619.000 el asalariado no pagará nada del tributo.
● Por la diferencia entre ¢619.000 y ¢929.000, es decir sobre ¢310.000 enfrenta un tributo sobre la renta de 10%. El 10% de ¢310.000 son ¢31.000.
● Por la diferencia entre ¢929.000 y ¢1.000.000 (que es el salario del trabajador), es decir sobre ¢71.000 se aplica un tributo sobre la renta del 15%. El 15% de ¢71.000 son ¢10.650.
● La suma de ¢31.000 y ¢10.650 genera un impuesto de ¢41.650 mensual.
* Colaboró nuestra asistente Paola Rivas.-




January 28th, 2010 at 6:51 am
Sobre este tema, loa trabajadores tienen derecho a creditos fiscales por conyuge e hijos. Que pasa si no se le aplica al trabajador dichos creditos por cierto periodo y luego de este periodo el trabajador presenta el reclamo respectivo?. Como se presenta este reclamo a Hacienda DGT?
Para reintegrarle al trabajador el dinero de su salario.
Gracias, Saludos
January 30th, 2010 at 8:56 pm
Greivin, corresponderia plantear un reclamo ante la Administración Tributaria, mediante un proceso formal, y al final el fisco le reintegrará el dinero.