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	<title>Comments on: Salarios II Semestre 2009 en Costa Rica</title>
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	<pubDate>Sat, 04 Feb 2012 17:05:13 +0000</pubDate>
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		<title>By: Luis</title>
		<link>http://www.dyncr.com/blog/salarios-ii-semestre-2009-en-costa-rica/#comment-1651</link>
		<dc:creator>Luis</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 12 Oct 2009 18:52:03 +0000</pubDate>
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		<description>Estimado Diego, siento mucho lo de su madre, le comentoque los intereses prescriben a el año, o sea que si no se cobrar no se puede cobrar mas de un año. si durante ese año, en el expediente consta que ustedes queria cobrar el capital entonces se entiende que tambien los intereses.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado Diego, siento mucho lo de su madre, le comentoque los intereses prescriben a el año, o sea que si no se cobrar no se puede cobrar mas de un año. si durante ese año, en el expediente consta que ustedes queria cobrar el capital entonces se entiende que tambien los intereses.</p>
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		<title>By: diego campos</title>
		<link>http://www.dyncr.com/blog/salarios-ii-semestre-2009-en-costa-rica/#comment-1538</link>
		<dc:creator>diego campos</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 24 Sep 2009 22:33:45 +0000</pubDate>
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		<description>Estimados señores

en el año 2000 mi madre murió en accidente de tránsito, hubo sentencia y condeno a pagar en abstracto, más intereses desde la fecha del accidente hasta el dia de pago.

Por razones de negligencia y otros de parte del Juzgado y de mi abogado, hasta ahora se está en proceso de ejecución de sentencia.

La pregunta es si puedo cobrar los intereses totales desde la muerte de mi madre o estos ya han vencido.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimados señores</p>
<p>en el año 2000 mi madre murió en accidente de tránsito, hubo sentencia y condeno a pagar en abstracto, más intereses desde la fecha del accidente hasta el dia de pago.</p>
<p>Por razones de negligencia y otros de parte del Juzgado y de mi abogado, hasta ahora se está en proceso de ejecución de sentencia.</p>
<p>La pregunta es si puedo cobrar los intereses totales desde la muerte de mi madre o estos ya han vencido.</p>
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		<title>By: Luis</title>
		<link>http://www.dyncr.com/blog/salarios-ii-semestre-2009-en-costa-rica/#comment-1496</link>
		<dc:creator>Luis</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 16 Sep 2009 23:39:39 +0000</pubDate>
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		<description>Estimada Maria, le comento que es absolutamente ilegal, es una unica relacion laboral, y como tal el empleador debe de cancelar a el empleado su trabnajo mediante un salario, esto implica el pago de cargas sociales, impuestos, etc. Si bien es practica comun, es sencillo de demostrar la relacion laboral que de disimula con el contrato por servicios profesionales.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimada Maria, le comento que es absolutamente ilegal, es una unica relacion laboral, y como tal el empleador debe de cancelar a el empleado su trabnajo mediante un salario, esto implica el pago de cargas sociales, impuestos, etc. Si bien es practica comun, es sencillo de demostrar la relacion laboral que de disimula con el contrato por servicios profesionales.</p>
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		<title>By: Maria Rodriguez</title>
		<link>http://www.dyncr.com/blog/salarios-ii-semestre-2009-en-costa-rica/#comment-1444</link>
		<dc:creator>Maria Rodriguez</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Sep 2009 17:34:24 +0000</pubDate>
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		<description>Quisiera saber si es correcto que se pague una parte del salario por srvicios profesionales y otra parte por planilla y si hay alguna legislacion al respecto. 
Gracias por su respuesta</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Quisiera saber si es correcto que se pague una parte del salario por srvicios profesionales y otra parte por planilla y si hay alguna legislacion al respecto.<br />
Gracias por su respuesta</p>
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